Fraude Alimentario

¿Está seguro de que come lo que piensa que está comiendo?

¿Sabías que de la misma manera en que existen zapatillas o ropa falsificada, también hay alimentos falsificados?… El porcentaje del fraude alimentario se sospecha que se sitúa entre el 5 al 10% del comercio mundial, según el Instituto para la Seguridad Alimentaria Mundial de la Universidad de Queen en Belfast. El alimento falsificado carece de autenticidad, ya sea en su conformación y/o en su aspecto. La falsedad puede ser absoluta o parcial y provenir de un proceso complejo de fabricación o de un simple reetiquetado fraudulento.

Para evitar ser engañados, les acerco las definiciones establecidas en el Código Alimentario Argentino (C.A.A):

Alimento: toda sustancia o mezcla de sustancias naturales o elaboradas que ingeridas por el hombre aporten a su organismo los materiales y la energía necesarios para el desarrollo de sus procesos biológicos. Dicha definición incluye además las sustancias o mezclas de sustancias que se ingieren por hábito, costumbres, o como coadyuvantes, tengan o no valor nutritivo.

Alimento genuino o normal: es el que, respondiendo a las especificaciones reglamentarias, no contenga sustancias no autorizadas ni agregados que configuren una adulteración y se expenda bajo la denominación y rotulados legales, sin indicaciones, signos o dibujos que puedan engañar respecto a su origen, naturaleza y calidad.

Alimento alterado: es el que, por causas naturales de índole física, química y/o biológica o derivadas de tratamientos tecnológicos inadecuados y/o deficientes, aisladas o combinadas, ha sufrido deterioro en sus características organolépticas, en su composición intrínseca y/o en su valor nutritivo.

Alimento adulterado: es el que ha sido privado, en forma parcial o total, de sus elementos útiles o característicos, reemplazándolos o no por otros inertes o extraños; que ha sido adicionado de aditivos no autorizados o sometidos a tratamientos de cualquier naturaleza para disimular u ocultar alteraciones, deficiente calidad de materias primas o defectos de elaboración.

Alimento contaminado: el que contenga…

a) Agentes vivos (virus, microorganismos o parásitos riesgosos para la salud), sustancias químicas, minerales u orgánicas extrañas a su composición normal sean o no repulsivas o tóxicas.

b) Componentes naturales tóxicos en concentración mayor a las permitidas por exigencias reglamentarias.

Alimento falsificado: es el que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo protegido o no por marca registrada, y se denomine como éste sin serlo o que no proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada.

Sin dudas que, queda terminantemente prohibida la tenencia, circulación y venta de alimentos y sus primeras materias, alterados, contaminados, adulterados, falsificados y/o falsamente rotulados bajo pena de multa, prohibición de venta y comiso de la mercadería en infracción. 

El fraude alimentario es más común de lo que muchos creen y es un negocio altamente lucrativo en el que participan empresas de todo tipo. La cadena de producción, procesamiento, transporte y distribución que pone en nuestra mesa los alimentos falsificados es un gran negocio criminal que crea beneficio económico fraudulento en perjuicio del consumidor y de la industria agroalimentaria global.

El fraude alimentario pone en riesgo la salud del consumidor. Por ejemplo, cuando alguien que cree estar comiendo una cosa, en realidad podría estar consumiendo un alérgeno. Sustituir ingredientes, vender alimentos convencionales como ecológicos, usar logotipos con un origen o calidad específicos que no tienen, o etiquetar de forma incorrecta, son algunos de los casos de fraude alimentario. Es un acto intencional para obtener beneficios, incumple la legislación alimentaria e induce a error al consumidor. 

En todos los casos, los alimentos falsificados no otorgan garantías fitosanitarias en sus procesos de elaboración y constituyen un problema de salud pública, además de un delito cuando es tipificado como tal en la jurisdicción del país de elaboración o del mercado donde es comercializado.

Con el fin de mejorar la trazabilidad de los alimentos, combatir el fraude y recuperar la confianza del consumidor en la cadena alimentaria, una de las medidas que se deben llevar a cabo, son inspecciones sin previo aviso por parte de las autoridades de control en cada jurisdicción y estar atentos, como consumidores, en la lectura de rótulos para tratar de frenar el fraude alimentario.

Por Prof. Lic. Gabriela Buffagni
Lic. En Nutrición (MN3190 – UBA)

Prof. Regular Titular Cátedra de ASA 

 Facultad de Medicina (UBA)

/Nutrición Nuuff  |  @gabrielabuffagni

gabrielabuffagni@gmail.com

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